TRATAMIENTOS DE FERTILIDAD EQUIPARADOS A EMBARAZO
Los servicios jurídicos de la USO CANTABRIA han conseguido una sentencia pionera en España que otorga a los tratamientos de fertilidad los mismo derechos que a una mujer embarazada, determinando la sentencia que el despido es nulo y considera que la empresa ha discriminado a esta trabajadora por razón de sexo.
El despido de una trabajadora basado fundamentalmente en el hecho de que someta a un tratamiento de fecundación in –vitro “constituye una discriminación directa basada en el sexo” y recuerda el Tribunal la prohibición de despido de las trabajadoras embarazadas. Es en esta equiparación donde radica la novedad de la sentencia, que sin duda servirá para dar mayor seguridad en el empleo a la mujer que opta por su maternidad, compatibilizándola con el empleo.
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JUBILADOS PARCIALES Y TRABAJADORES CON CONTRATO PARCIAL TIENEN DERECHO A PERCIBIR LOS PLUSES Y CONCEPTOS EXTRASALARIALES INTEGROS.
El Juzgado de lo Social, nº 2 de Santander en sentencia de conflicto colectivo interpuesto por la USO reconoce el Derecho de los jubilados parciales de los relevistas y de los contratados a tiempo parcial a percibir la paga del fondo social en la empresa SOLVAY en su integridad, y no en el 15% de la jornada como jubilado parcial. La fundamentación jurídica para el percibo de la paga íntegra se basa en la Directiva 97/81 de 15 de Diciembre, aprobada con el objetivo de garantizar la supresión de las discriminaciones contra los trabajadores a tiempo parcial y mejorar la calidad del trabajo a tiempo parcial .
No resulta compatible con el art. 14 de la CE ni con los art. 4.2c), 12.4d) y 17.1 del ET un distinto tratamiento en las condiciones de trabajo en perjuicio de los trabajadores a tiempo parcial, sin apoyo en datos objetivos.
Reiterada jurisprudencia determina que los pluses y conceptos extrasalariales no retribuyen el trabajo por unidad de tiempo, razón por la cual dichos pluses y conceptos extrasalariales no se pueden considerar sometidos a la vicisitudes de ninguna unidad de tiempo en el trabajo, tanto si es reducido o ampliado.
COMENTARIO__ Este criterio jurisprudencial es de suma importancia para todos los trabajadores y trabajadoras con contrato a tiempo parcial, para percibir los complementos extrasalariales en su integridad. Los complementos
extrasalariales entre otros, que no todos, afectados se encuentran:
- Paga fondo social
- Obras sociales (comedor, tiket comida, economato, paquete de navidad, obras sociales de recreo, etc)
- Estudios y/o ayuda escolar.
- Seguro colectivo de vida y/o accidente.
- Seguro médico.
- Tiket—guardería
- Pluses extrasalariales, como:
- Plus de Transporte
- Plus de calzado
- Plus de limpieza ropa de trabajo
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OBLIGACION DE SUBROGACION EN CONTRATA DE LIMPIEZA
Frente a sentencia que, declarando la improcedencia del despido de la actora, condenó a una de las codemandadas, recurre la misma en casación para la unificación de doctrina. Estima el TS el recurso, pues el hecho de que la entidad absuelta sea catalogada como centro especial de empleo no la exime de la subrogación que es propia de las contratas de limpieza, aún cuando se rija por un convenio propio en el que no está prevista dicha subrogación. En efecto, si dicha empresa, dedicada a una actividad distinta de la limpieza, decide participar en una contrata en la que la actividad a desarrollar es otra diferente a la que figura en el ámbito funcional de su convenio, debe someterse
a las normas convencionales propias del sector de actividad en el que pretende integrarse, entre ellas, en el caso de autos, la subrogación propia del sector de la limpieza.
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